La famosa Ley Nº 5.559 de 1908, constituyó un plan integral de desarrollo para los territorios nacionales que se distinguía por proponer una interesante articulación entre tierra, ríos mediante la construcción de ferrocarriles, canales y obras de riego. La ley además incluyó la construcción de muelles, depósitos e instalaciones para carga y descarga en los puertos y la inversión de fondos. Para eso se creó una Comisión de estudios del puerto, donde se designó al Jefe de la Sección de Puertos del Atlántico ing. Debenedetti, que arribó a este puerto en el año 1921 para hacer mediciones, pero antes lo hizo en un puerto de Bahía Bustamante, cerca Comodoro Rivadavia. La Comisión de la Cámara de Diputados fijó en aquel entonces la suma de $ 300.000, la cantidad a consignar en los presupuestos generales de la Nación para 1921, para la ejecución de tan útil y beneficioso proyecto, para Deseado y su departamento. Para la Patagonia aquella ley preveía la construcción de seis ramales. El ramal desde Puerto Deseado, iniciado en 1909, aún se hallaba en construcción para 1921. Las causas de la paralización de las construcciones en colonia Las Heras pueden atribuirse por una parte al conflicto de los Balcanes (1913) y la primera Guerra Mundial (1914-1918), y sus efectos sobre el comercio internacional, afectando la provisión de combustibles, la merma en el transporte de pasajeros y las huelgas que disminuyeron o suspendieron la actividad.
Ramos Mexia abandonó el Ministerio de Obras Públicas en 1913, no sin antes entregar un plan general de obras públicas para el año 1914. Ese proyecto, realizado a pedido del Ministerio de Hacienda, fue diseñado por Ramos Mexia con el asesoramiento de dos economistas franceses: Raphael Levy y Jules Roche. En el plan incluyó la construcción de más de tres mil kilómetros de líneas férreas, elevadores de granos, obras hidráulicas y de riego, edificios públicos, puentes y caminos, y obras de salubridad. En 1913 fue publicado por el autor como una manera de publicidad y defensa de su gestión, y a la vez la justificación de su renuncia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario